En el capítulo III del Real Decreto 1362/2012 se desarrolla esta función, señalando el artículo 12:
- La comisión, en el ejercicio de sus funciones consultivas, evacuará consultas mediante dictámentes e informes no vinculantes sobre el ámbito funcional de los convenios colectivos, cuando le sean solicitados de conformidad con lo establecido en el presente real decreto. Las consultas se referirán a las siguientes materias:
- El adecuado planteamiento del ámbito funcional de un convenio colectivo que se pretenda negociar.
- La interpretación de un convenio vigente en orden a determinar su ámbito funcional de aplicación.
- La determinación del convenio colectivo de aplicación a una empresa en función de sus actividades.