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Función decisoria

La función decisoria de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC) se refiere a su capacidad para resolver discrepancias surgidas de la inaplicación de las condiciones de un convenio colectivo, permitieno a las parte en desacuerdo encontrar una solución.  

¿Qué es la inaplicación de un convenio?
Procedimiento electrónico de inaplicación de convenios colectivos

Información adicional sobre la competencia de la CCNCC en relación con la inaplicación de cláusulas de convenios


Documento informativo sobre Inaplicación de condiciones de trabajo establecidas en Convenios Colectivos
Modelo de solicitud
Anexo: subsanación o incorporación de documentación a solicitud
Solicitud via SEDE ELECTRÓNICA del Ministerio de inaplicación de condiciones de trabajo establecidas en Convenios Colectivos
Acceso a información general de la SEDE ELECTRÓNICA DEL Ministerio
Compensaciones económicas a los árbitros (RD 429/2013)

  • Expte. Inaplicación nº 01/2024 - Laudo arbitral
  • Expte. Inaplicación nº 02/2019 - Laudo arbitral. 
  • Expte. Inaplicación nº 01/2019 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 02/2017 - Laudo arbitral. 
  • Expte. Inaplicación nº 01/2017 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 04/2016 - Decisión: Desestimación por falta de adecuación de las medidas pretendidas y por irretroactividad de la solicitud.
  • Expte. Inaplicación nº 03/2016 - Decisión: Inadmisión de la solicitud por no cumplir con los requisitos legales previos exigidos.
  • Expte. Inaplicación nº 02/2016 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 01/2016 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 2/2015 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 01/2015 - Decisión: Estimación de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 10/2014 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 09/2014 - Desestimación porque la empresa no acredita el cumplimiento de los requisitos legales referidos a la debida constitución de la comisión negociadora ni el cumplimiento del deber de negociar de buena fe durante el período de consultas en lo que se refiere a la entrega a la parte social de la información pertinente y justificativa de la medida solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 08/2014 - Desestimación por no acreditar la parte solicitante haber cumplido con los requisitos legales referidos al deber de negociar de buena fe durante el periodo de consultas.
  • Expte. Inaplicación nº 07/2014 - Archivo del expediente por no haber quedado acreditado por la parte solicitante documentación necesaria.
  • Expte. Inaplicación nº 06/2014 - Desestimación por no haberse acreditado el cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el art. 41.4 ET referidas al período de consultas.
  • Expte. Inaplicación nº 05/2014 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 04/2014 - Desestimación por falta de acreditación de concurrencia de circunstancias sobrevenidas que justifiquen una nueva reducción.
  • Expte. Inaplicación nº 03/2014 - Desestimación porque la empresa no realiza una actividad probatoria o argumentativa que justifique, de forma objetiva y razonable, el trato desigual a trabajadores que se encuentran en una situación similar.
  • Expte. Inaplicación nº 02/2014 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 01/2014 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 29/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 28/2013 - Desestimación por falta de acreditación de concurrencia de circunstancias sobrevenidas que justifiquen una nueva reducción.
  • Expte. Inaplicación nº 27/2013 - Inadmisión de la solicitud por falta de publicación del convenio.
  • Expte. Inaplicación nº 26/2013 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 25/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 24/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 23/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 22/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 21/2013 - Inadmisión de la solicitud por haberse excedido los límites temporales razonables para su presentación ante CCNCC.
  • Expte. Inaplicación nº 20/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 19/2013 - Decisión: Inadmisión de la solicitud por no cumplir los requisitos legales relativos al período de consultas.
  • Expte. Inaplicación nº 18/2013 - Decisión: Inadmisión de la solicitud por no ser Convenio Colectivo Estatutario del Título III del E.T.
  • Expte. Inaplicación nº 17/2013 - Decisión: Inadmisión de la solcitud por haberse excedido los límites temporales razonables para su presentación ante CCNCC.
  • Expte. Inaplicación nº 16/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 15/2013 - Archivo del expediente por desestimiento implícito al no subsanar la solicitud.
  • Expte. Inaplicación nº 14/2013 - Decisión: Inadmisión de la solcitud por haberse excedido los límites temporales razonables para su presentación ante CCNCC.
  • Expte. Inaplicación nº 13/2013 - Estimación parcial de la inaplicación solicitada.
    • Aclaración de la decisión.
  • Expte. Inaplicación nº 12/2013 - Archivo del expediente por acuerdo entre las partes.
  • Expte. Inaplicación nº 11/2013 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 10/2013 - Laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 09/2013 - Laudo arbitral.
    • Aclaración al laudo arbitral.
  • Expte. Inaplicación nº 08/2013 - Decisión: Estimación parcial de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 07/2013 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante.
  • Expte. Inaplicación nº 06/2013 - Decisión: Estimación parcial de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 05/2013 - Decisión: Estimación parcial de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 04/2013 - Decisión: Estimación parcial de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 03/2013 - Decisión: No pronunciamiento por falta de acuerdo.
  • Expte. Inaplicación nº 02/2013 - Decisión: Desestimación de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 01/2013 - Decisión: Estimación parcial de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 15/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 14/2012 - Decisión: Estimación de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 13/2012 - Archivo del expediente por desistimiento de la parte solicitante, ante acuerdo alcanzado con la representación de los trabajadores.
  • Expte. Inaplicación nº 12/2012 - Inadmisión por no haberse agotado el procedimiento extrajudicial de solución de conflictos.
  • Expte. Inaplicación nº 11/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 10/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 09/2012 - No competencia de la CCNCC en atención a la naturaleza extraestatutaria del convenio aplicable.
  • Expte. Inaplicación nº 08/2012 - Decisión: Desestimación de la inaplicación solicitada.
  • Expte. Inaplicación nº 07/2012 - Inadmisión por no haberse agotado el procedimiento extrajudicial de solución de conflictos.
  • Expte. Inaplicación nº 06/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 05/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 04/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 03/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.
  • Expte. Inaplicación nº 02/2012 - Decisión: Desestimación de la inaplicación solicitada, por no haberse acreditado la concurrencia de los requisitos necesarios para ello y por la incongruencia de la solicitud planteada.
  • Expte. Inaplicación nº 01/2012 - No competencia de la CCNCC en atención al ámbito territorial.

(*) Las sentencias dictadas en relación a cualquier Decisión o Laudo sobre expedientes de inaplicación tramitados por esta CCNCC se publicarán en este apartado:
Sentencias relacionadas con Decisiones o Laudos de la CCNCC sobre inaplicación de Convenios Colectivos

  • Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (51/17) de 07/04/2017, por la que se confirma Decisión de la CCNCC de fecha 19-01-2017 en el expediente de inaplicación 4/2016 correspondiente a la empresa UNIPOST, S.A.
  • Sentencia de la Sala de lo Social del TS de 23/09/2015 (Rec. 314/2014), por la que se confirma la sentencia de la Audiencia Nacional de 11 de febrero de 2014 (autos núm. 356/2013), desestimando demandas interpuestas contra la Decisión dictada por la CCNCC el 31 de julio de 2013 (laudo arbitral) en el expediente de inaplicación de condiciones de trabajo número 16/2013 presentado por la empresa UNIPOST, S.A.U.
  • Sentencia de la Sala de lo Social del TS de 15/09/2015 (Rec. 218/2014), por la que se confirma la sentencia de la Audiencia Nacional nº 219/2013, de 9 de diciembre, anulando la Decisión dictada por la CCNCC el 28 de junio de 2013 en el expediente de inaplicación de condiciones de trabajo 06/2013 presentado por la empresa AIR EUROPA LINEAS AÉREAS, S.L.U., en base a la no posibilidad de abrir nuevos procedimientos de descuelgue posteriores a otros no consumados si no median nuevas causas o nuevas propuestas de inaplicación.
  • Sentencia de la Sala de lo Social del TS de 15/07/2015 (Rec. 212/2013), por la que se estiman los recursos de casación interpuestos por las representaciones del MEYSS y de la empresa AIR NOSTRUM LÍNEAS AÉREAS DEL MEDITERRANEO, S.A., frente a la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 19/06/2013, en procedimiento núm.. 211/2013, casando y anulando la citada sentencia recurrida y desestimando la demanda de conflicto colectivo seguida a instancia del sindicato SEPLA, por entender que no ha existido vulneración del deber de buena fe por la parte empresarial en procedimiento de inaplicación de condiciones de trabajo del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. (Expte Inaplic 04/2013).
  • Sentencia de la sala de lo Social del TS de 07/07/2015 (Rec. 206/2014), por el que se desestima recurso interpuesto por la empresa ARIETE SEGURIDAD, S.A., contra la sentencia del TSJ de Madrid del 28/02/2014, por la cual se declaraba parcialmente la nulidad del acuerdo de descuelgue del Convenio colectivo de empresas de seguridad privada alcanzado entre la citada empresa y su Comité de Empresa, en la parte del mismo referida a la retroactividad del acuerdo alcanzado. Se declara la irretroactividad de los acuerdos de inaplicación del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Sentencia 424 de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 18/05/2015 (STSM 6684/2015; Rec. 9/2015), por la que se estima el recurso de suplicación interpuesto por la representación de la empresa MULTICINES Y ESPECTÁCULOS CENTRO, S.L., contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, de 26/09/2014, con revocación de la Sentencia de instancia y devolución de actuaciones a la CCNCC, para que entre en el fondo del asunto, por considerar que la CCNCC debería haber entrado a conocer la cuestión planteada por la empresa (esta Sentencia ha sido objeto de recurso de casación para la unificación de la doctrina ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo y se relaciona con el Expediente de Inaplicación de CC de la CCNCC número 21/2013).
  • Sentencia 410 del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, de fecha 26/09/2014, desestimando la demanda interpuesta por la empresa MULTICINES Y ESPECTÁCULOS CENTRO, S.L., contra la Decisión de la CCNCC de 13/11/2013, por la que se declaraba la inadmisión de la solicitud planteada por la empresa al considerar injustificado el tiempo que la empresa esperó para plantear la solicitud de la inaplicación ante la CCNCC, dado que las circunstancias que motivaron inicialmente la decisión empresarial de su inaplicación, y que fueron objeto de análisis y debate en el período de consultas, habían podido variar y ser sustancialmente diferentes de las actuales (esta Sentencia se relaciona con el Expediente de Inaplicación de CC de la CCNCC número 21/2013).
  • Sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en los autos 225/14, por la que se declara la nulidad del Laudo Arbitral dictado el 3/07/14, sobre inaplicación a la mercantil ALERTA Y CONTROL,SA. ante la existencia de acuerdo previo en el SIMA que impedía que el empresario hiciera uso del descuelgue del convenio.
  • Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de fecha 21/11/2014 (STSJ Sala Social Oviedo 02473/2014; Rec.Supl.0001541/2014), desestimando la demanda interpuesta por la empresa MOREDA RIVIERE TREFILERIAS, S.A., contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Gijón, dictada en los autos seguidos a instancia de la misma, contra su Comité de Empresa, Ministerio de Empleo y Seguridad Social y Ministerio Fiscal , sobre conflicto colectivo derivado de la Resolución aclaratoria de la CCNCC de 10 de octubre de 2013, en relación a la Decisión emitida por esta misma Comisión el 1 de agosto de 2013 en el procedimiento de inaplicación 13/2013 instada en su día por la mencionada empresa, en respuesta a la petición formulada el 23 de septiembre por el Comité de Empresa para aclarar determinados extremos de la Decisión antes mencionada, conforme se refleja en la Sentencia ya citada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. (Expte Inaplic 13/2013).
  • Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 30/05/2014, (SAN 102/2014; Proc 0000074/2014), relacionada con la empresa UNIPOST, S.A.; por la que se estiman parcialmente las demandas acumuladas de conflicto colectivo, promovidas por CC.OO. y CGT y se anula la aplicación retroactiva del acuerdo de inaplicación de convenio, suscrito el 24/2/2014.
  • Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 28/01/2013, (SAN 145/2013; Rec 316/2012) relacionada con la empresa UNIPOST, S.A., desestimando la demanda interpuesta por esta empresa contra la Decisión de la CCNCC, de fecha 28/09/2012, en la que se acordaba, por mayoría, que no procedía la solicitud de inaplicación de convenio formulada por la citada empresa (Expte. Inaplic. 8/2012).
  • Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 19/06/2013, (SAN 2758/2013; Rec 211/2013) relacionada con la empresa AIR NOSTRUM LÍNEAS AÉREAS DEL MEDITERRÁNEO, S.A , anulando la Decisión de la CCNCC de 05/04/2013, en la que se acordaba, por mayoría, que procedía a estimar en parte la solicitud de la empresa, en los términos señalados en la citada Decision (Expte. Inaplic. 4/2013).
  • Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 09/12/2013 (SAN 5192/2013; Rec 339/2013), relacionada con la empresa AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS , anulando la Decisión de la CCNCC de 28/06/2013, en la que se acordaba, por mayoría, que procedía estimar en parte la solicitud de la empresa, en los términos señalados en la citada Decisión (Expte. Inaplic. 6/2013).
  • Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de fecha 17/12/2013 (STSJ BAL 1383/2013; Rec 12/2013) relacionada con la empresa BRILLOSA, S.L., desestimando la demanda interpuesta por la citada empresa, contra la Decisión de la CCNCC de 1 de agosto de 2013, en lo que se acordaba por unanimidad declarar la inadmisión de la solicitud empresarial por haberse excedido los límites temporales razonables para presentar la solicitud (Expte. Inaplic. 14/2013).
  • Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 11/02/2014 (SAN 394/2014; REc 356/2013), relacionada con la empresa UNIPOST SAU, por la que no se eleva la cuestión de inconstitucionalidad sobre la regulación de la inaplicación de convenios del at. 82.3 del ET al considerar posible una interpretación de la norma conforme a la Constitución. Igualmente considera suficientemente fundado el laudo que se dictó en relación al Expediente 16/2013.
  • Sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Gijón de, 13 de febrero, (Expte Inaplic 13/2013), desestimando la demanda interpuesta por la mercantil MOREDA RIVIERE TREFILERIAS S.A contra la Decisión de la CCNCC de 1 de agosto de 2013.

La inaplicación de Convenios Colectivos en el ámbito de las Comunidades Autónomas al amparo de la disposición adicional 6ª del Real Decreto-Ley 5/2013

Función asumida por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL), estando pendiente de regularse el procedimiento (Disposición Adicional única del Decreto 69/2013, de 2 de julio, de la Consjería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía BOJA 129 de 4 de julio).

(*) Información en el sitio web del CARL: Función prevista en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Función asumida por el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón (Decreto 112/2014, de 8 de julio (BOA del 18 de julio), que regula el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón, asumiendo la función decisoria prevista en el Art. 82.3 E.T.).

(*) Información en el sitio web del Gobierno de Aragón sobre Convenios Colectivos.

Esta función está asumida por la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos del Principado de Asturias (Decreto 114/2013, de 4 de diciembre (BOPA 16/12/2013) por el que se crea y regula la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos del Principado de Asturias para asumir dicha función en el citado ámbito. Resolución 11/9/2014, sobre nombramiento de los miembros de la Comisió Consultiva de Convenios del Principado de Asturias (BOPA 19/9/2014)).

Esta función ha sido asumida por la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de las Illes Balears (CCCCIB) (Decreto 51/2013, de 29 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de las Illes Balears, publicado en el BOIB de 30-11-2013).

(*) Información en el sitio web de dicha Comisión Información general de inaplicación de convenios.

Esta función ha sido asumida por la Comisión para la inaplicación de Convenios Colectivos de la Comunidad Autónoma de Canarias ((Decreto 117/2014, de 12 de diciembre, por el que se crea la Comisión para la inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en los convenios colectivos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y se regula su procedimiento de funcionamiento).

(*) Información en sitio web del Gobierno de Canarias.

Esta función está asumida por el Consejo de Relaciones Laborales de Cantabria (Decreto 19/2014, de 20 de marzo, por el que se modifica el Decreto 56/2010, de 2 de septiembre, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Cantabria, publicado en el BOC de 31/03/2014).

(*) Información en el sitio web de la Dirección General de Trabajo: Consejo de Relaciones Laborales de Cantabria.

Esta función está asumida por la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos, creada por la Ley 8/2008, de 4 de diciembre (publicada en el DOCM 259 de 17/12/2008), y modificada por Ley 6/2014, de 23 de octubre (publicada en el DOCM 31/10/2014 ).

Esta función está asumida por la Comisión de Convenios Colectivos del Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León (Decreto 14/2014, de 3 de abril, por el que se regula el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, y los Consejos provinciales de trabajo, y se crea la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León. Publicado en el BOCYL de 7-4-2014).

Esta función ha sido asumida por el Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña, a través de su Comisión Ejecutiva de Convenios Colectivos (Decreto 245/2013, de 5 de noviembre, de organización y funcionamiento de la Comisión de Convenios Colectivos del Consejo de Relaciones Laborales, publicado en el DOGC de 7-11-2013, y Orden EMO/353/2014, de 1 de diciembre, por la que se regula la designación de árbitro y la compensación económica de la solución de discrepancias por falta de acuerdo en procedimientos de inaplicación de condiciones de trabajo previstas en convenio colectivo vigente, publicado en el DOGC de 11-12-2014).

Esta función está asumida actualmente por la CCNCC sobre la base del Convenio de Colaboración entre el Ministerio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la actuación de la CCNCC en dicho ámbito territorial. (Resolución de 5 de febrero de 2014, de la Secretaría General Técnica, publicada en el BOE 4/02/2014).

Esta función está asumida por la Comisión Tripartita Gallega para la Inaplicación de Convenios Colectivos (Decreto 101/2015, de 18 de junio, por el que se crea la Comisión Tripartita Gallega para la Inaplicación de Convenios Colectivos y se regula su funcionamiento ( DOG de 22-07-2015).

Esta función está asumida por el Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia (Decreto nº 33/2013, de 12 de abril, publicado en el BO de la Región de Murcia de 16/04/2013, por el que se crea el Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia, CARLA).

(*) Información en el sitio web de la Consejería de Presidencia y Empleo - . Solicitud de resolución de discrepancias sobre la inaplicación de condiciones pactadas en convenios colectivos (CARLA) (incluyendo documentación y modelos de solicitud).

Esta función está asumida por la CCNCC, sobre la base del Convenio de Colaboración entre el Ministerio y la Comunidad Foral de Navarra para la actuación de la CCNCC en este ámbito territorial (Resolución de 15 de julio de 2013, de la Secretaría General Técnica, publicada en el BOE 12/08/2013).

Esta función está asumida por el Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios (ORPRICCE) del País Vasco. (Decreto 471/2013, de 30 de diciembre, se crea y regula el Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios (ORPRICCE) del País Vasco para actuar en este procedimiento).

(*) Información en el sitio web del ORPRICE - Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios.

Esta función está asumida por el Consejo Riojano de Relaciones Laborales (Decreto nº 16/2013, de 24 de mayo, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, publicado en el BOLR de 29/05/2013, por el que se modifica el Decreto 19/2003, sobre creación y regulación del Consejo Riojano de Relaciones Laborales; y Orden 5/2013 de 17 de junio, publicada en el BOLR de 29/07/2013, por la que se modifica la Orden de 19 de diciembre de 2003, por la que se aprueba el nuevo reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Riojano de Relaciones Laborales).

(*)Información en el sitio web de dicho Consejo: Solicitud de inaplicación de convenios colectivos a presentar ante el consejo de relaciones laborales.

Esta función está asumida por el Consejo Tripartito para el Desarrollo de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de la Comunidad Valenciana (Decreto nº 88/2013, de 5 de julio, publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana de 08/07/2013, por el que se regula el Consejo Tripartito para el Desarrollo de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de la Comunidad Valenciana).

  • Laudo emitido el 13/02/2015 por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por el que se dictamina la inaplicación de condiciones de trabajo previstas en el Convenio Colectivo "Hospital San Juan de Dios de Alfarafe".
  • Laudo emitido el 7/04/2014 por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en el que se dictamina que no procede la inaplicación de las condiciones previstas en el Convenio Colectivo provincial del sector de Hostelería de Málaga, de acuerdo con lo expresado en sus fundamentos jurídicos
  • Laudo emitido el 20/11/2013 por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en el que se dictamina que no procede la inaplicación de las condiciones previstas en el Convenio Colectivo provincial del sector de Hostelería de Málaga, de acuerdo con lo expresado en sus fundamentos jurídicos.
  • Laudo emitido el 11/03/2013 por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por el que se viene a estimar la solicitud formulada para la inaplicación de condiciones de trabajo establecidas en un Convenio Colectivo de empresa, sobre régimen de descanso semanal y disfrute de vacaciones, en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Laudo emitido el 18/02/2013 por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en el que se dictamina que no procede la inaplicación de las condiciones previstas en un Convenio Colectivo de empresa, de acuerdo con lo expresado en sus fundamentos jurídicos.
  • Laudo emitido el 19/12/2012 por el árbitro designado por el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en el que se dictamina que no procede la inaplicación de las condiciones previstas en un Convenio Colectivo de empresa, de acuerdo con lo expresado en sus fundamentos jurídicos.
  • Laudo emitido el 25/04/2017 por el árbitro designado por el Consejo de Relaciones laborales de Aragón, en el que se dictamina que no procede la inaplicación solicitada sobre condiciones salariales previstas en el Convenio colectivo del sector de Transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de Aragón, por la no concurrencia de las causas alegadas.
  • Decisión de 3/11/2014, de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de Les Illes Balears, que declara no procedente la solicitud de inaplicació del convenio colectivo de limpieza de edificios y locales, en aplicación del principio de irretroactividad de las normas no favorables.
  • Decisión de la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos, adoptada el 3 de octubre de 2018, por la que se procede a la inadmisión de la solicitud planteada.
  • Decisión de la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos, adoptada el 06/09/2016, por la que se declara la inadmisión de una solicitud de inaplicación para dos empresas de las condiciones de trabajo establecidas en el Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera para la provincia de Albacete.
  • Laudo emitido el 27/08/2014 por el árbitro designado por la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se viene a estimar en parte la solicitud formulada para la inaplicación de condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo provincial de Hostelería de Guadalajara, en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Laudo emitido el 02/09/2013 por el árbitro designado por la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se viene a estimar en parte la solicitud formulada para la inaplicación de condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo provincial de Hostelería de Guadalajara, en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Laudo emitido el 12/02/2013 por el árbitro designado por la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se viene a estimar en parte la solicitud formulada para la inaplicación de determinadas condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el VI Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal, en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Laudo emitido el 19/11/2012 por los árbitros designados por la Comisión Consultiva Regional de Convenios Colectivos de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha, por el que se viene a estimar en parte la solicitud formulada para la inaplicación de determinadas condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo de una empresa, en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Decisión de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León, adoptada el 21 de mayo de 2018, por la que se inadmite la solicitud planteada por la empresa sobre inaplicación de las condiciones del Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito provincial para la Industria Siderometalúrgica de Burgos 2017-2019.
  • Laudo emitido el 04/08/2014 por el árbitro designado por la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León, en el que se dictamina que no procede la inaplicación solicitada sobre condiciones salariales y duración de jornada previstas en el VI Convenio Colectivo marco estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Persona, de acuerdo con lo expresado en sus fundamentos jurídicos.
  • Laudo ICT 4/2014 emitido el 29/01/2015 por el árbitro designado por la Comisión Ejecutiva de Convenios Colectivos del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña, por el que se viene a desestimar la solicitud formulada para la inaplicación de determinadas condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo de empresa aplicable a la solicitante, por razón de lo expuesto en sus consideraciones.
  • Laudo ICT 3/2014 emitido el 12/01/2015 por el árbitro designado por la Comisión Ejecutiva de Convenios Colectivos del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña, por el que se viene a denegar la solicitud formulada para la inaplicación de determinadas condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en los artículos 25 a 33 del Convenio Colectivo de Centros Sociosanitarios y/o de Salud Mental de Catalunya, por razón de lo expuesto en sus consideraciones.
  • Laudo emitido el 07/03/2014 por el árbitro designado por la Comisión Ejecutiva de Convenios Colectivos del Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña, por el que se viene a desestimar la solicitud formulada para la inaplicación de determinadas condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo general de la Industria Textil y de la Confección.
  • Decisión adoptada el 19/09/2013 por la Comisión Arbitral del Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia, por la que se viene a estimar en parte la solicitud formulada para la inaplicación de condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo de Transportes de Viajeros (Urbanos y Regular Cercanías) de la Región de Murcia, en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Laudo emitido el 17/02/2016 por el árbitro designado por el Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios (ORPRICCE), por el que se desestima solicitud de inaplicación de convenio de empresa.
  • Laudo emitido el 15/05/2015 por el árbitro designado por el Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios (ORPRICCE), por el que se desestima la solicitud presentada por una empresa dado que no concurren las causas previstas en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores y que, por lo tanto, no procede la inaplicación de las condiciones de trabajo.
  • Laudo emitido el 27/03/2015 por el árbitro designado por el Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios (ORPRICCE), sobre inaplicación de determinadas condiciones de trabajo, de distinto carácter, establecidas en el Convenio Colectivo de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia, de Guipúzcoa (2008-2013), en las condiciones fijadas en este Laudo.
  • Laudo emitido el 11/07/2014 por el árbitro designado por el Órgano para la Resolución de los Procedimientos para la Inaplicación de Convenios Colectivos Estatutarios (ORPRICCE), por el que se viene estimar la pretensión formulada sobre inaplicación de determinadas condiciones de trabajo de carácter salarial establecidas en el Convenio Colectivo de Intervención Social de Gipuzkoa (2011-2014). En la parte relativa a los incrementos salariales que deriven para los salarios devengados a partir de la fecha de este Laudo hasta el 31 de diciembre de 2014.
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